Toda Asociación se regula por unos Estatutos aprobados por la autoridad competente. La Acción Católica General de Madrid, como Asociación Pública de fieles reconocida por el Ministerio de Justicia 1 , tiene sus propios Estatutos 2 .

A su vez, Acción Católica General de Madrid, al estar integrada en la Federación de Movimientos de Acción Católica Española a través del Movimiento de Acción Católica General de Adultos, recoge en sus Estatutos y asume en sus formas las normativas de estas realidades de ámbito estatal 3 .

- el de la Federación de Movimientos de Acción Católica Española 4.
- el de Movimiento de Acción Católica General de Adultos 5.

Cómo es lógico se tiene como telón de fondo las indicaciones del Decreto Apostolicam Actuositatem, nº 20 del Concilio Vaticano II , y se siguen las directrices de las 'Bases Generales de la Acción Católica Española'.

Los Estatutos de nuestro Movimiento vienen a ser, por lo tanto, el marco jurídico en el que sus Militantes se desenvuelven como tales y se insertan en la gran familia de la Acción Católica Española.

Pero los Estatutos no tienen la función de recoger los modos concretos de trabajo interno en el Movimiento 6. Partiendo de ellos se deben concretar las formas y costumbres en el trabajo organizativo y apostólico. Con este fin se hace este Reglamento de Régimen Interno. En él se plasman las normas y usos de funcionamiento dentro del organigrama del Movimiento. No incluye los Estatutos pero tampoco los suplanta. Simplemente los concreta, de tal modo que cualquier Militante que ocupe una responsabilidad en el Movimiento, tanto en el ámbito parroquial como diocesano, tenga más facilidad para comprender y asumir sus funciones.

NOTAS:

1 Ministerio de Justicia, Registro 2085, sección especial, Grupo C; mayo de 1985. La Asociación también está inscrita en el Censo de Asociaciones Juveniles de la Comunidad de Madrid con el número 94/0096 de fecha de marzo de 1994.

2 Estatutos de la Acción Católica General de Madrid, aprobados por D. Antonio María Rouco Varela, Cardenal-Arzobispo de Madrid, 16 de diciembre de 1.999. Se incluyen en el Apéndice I.

3 Hay que hacer notar la siguiente advertencia: La Acción Católica de la Diócesis de Madrid, desde hace muchos años, se presenta en sus dos modalidades normales: General y Especializada. Dentro de la Acción Católica General, como único Movimiento, existen tres Ramas, la de Adultos, la de Jóvenes y la de Juveniles. A nivel estatal, y hasta 1996, la Acción Católica General sólo contaba con el Movimiento de Acción Católica General de Adultos, Movimiento que surgió con la unión de Mujeres de Acción Católica y Hombres de Acción Católica. Aunque existía el Movimiento de Jóvenes de Acción Católica y el Movimiento Junior de Acción Católica (dedicado a los niños), no estaban insertos en la Acción Católica General sino en la Especializada. En 1996 ambos Movimientos pasaron a formar parte de la Acción Católica General a nivel estatal, pero nunca renunciaron a ser diferentes e independientes Movimientos. Esto quiere decir que a nivel General la Acción Católica General está formada por tres Movimientos diferentes (Acción Católica General de Adultos; Movimiento de Jóvenes de Acción Católica y Movimiento Junior de Acción Católica); mientras en la Diocesis de Madrid la Acción Católica General es un único Movimiento con tres secciones o Ramas: Adultos, Jóvenes y Juveniles. Los Vicepresidentes de la Rama de Jóvenes y de la Rama de Juveniles están en contacto con los Presidentes de ambos Movimientos de ámbito estatal para la posible integración.

4 Conferencia Espiscopal Española, Estatutos de la Federación de Movimientos de la A.C.E., noviembre de 1993.

5 Conferencia Episcopal Española, Estatutos del Movimiento de Acción Católica General de Adultos, abril de 1994.

6 En este Reglamento, como en otros documentos que se han editado desde el Consejo Diocesano de Acción Católica General de Madrid, se usan indistintamente los términos Asociación o Movimiento. Realmente Acción Católica es una Asociación pública de fieles, así reconocida tanto en el ámbito eclesiástico como en el civil. Por lo que se debe decir que jurídicamente es una Asociación. El término 'Movimiento' no es jurídico, es netamente eclesial, pero no expresa una realidad jurídica sino pastoral. De ahí que se hable de Movimientos Apostólicos. Tradicionalmente la Acción Católica siempre se ha denominado 'Movimiento' o, incluso, 'Movimientos' cuando se habla de cada una de las Asociaciones que integran la Federación de Acción Católica Española, porque expresa de modo sencillo y claro que es una Asociación con un único y fuerte sentido evangelizador.