Toda Asociación
se regula por unos Estatutos aprobados por la autoridad competente.
La Acción Católica General de Madrid, como Asociación Pública de fieles
reconocida por el Ministerio de Justicia
1 , tiene sus propios Estatutos
2 .
A su vez, Acción
Católica General de Madrid, al estar integrada en la Federación de
Movimientos de Acción Católica Española a través del Movimiento de
Acción Católica General de Adultos, recoge en sus Estatutos y asume
en sus formas las normativas de estas realidades de ámbito estatal
3 .
- el de la Federación
de Movimientos de Acción Católica Española
4.
- el de Movimiento
de Acción Católica General de Adultos 5.
Cómo es lógico se
tiene como telón de fondo las indicaciones del Decreto Apostolicam
Actuositatem, nº 20 del Concilio Vaticano II
, y se siguen las directrices de las 'Bases Generales de la Acción
Católica Española'.
Los Estatutos de
nuestro Movimiento vienen a ser, por lo tanto, el marco jurídico en
el que sus Militantes se desenvuelven como tales y se insertan en
la gran familia de la Acción Católica Española.
Pero los Estatutos
no tienen la función de recoger los modos concretos de trabajo interno
en el Movimiento 6.
Partiendo de ellos se deben concretar las formas y costumbres en el
trabajo organizativo y apostólico. Con este fin se hace este Reglamento
de Régimen Interno. En él se plasman las normas y usos de funcionamiento
dentro del organigrama del Movimiento. No incluye los Estatutos pero
tampoco los suplanta. Simplemente los concreta, de tal modo que cualquier
Militante que ocupe una responsabilidad en el Movimiento, tanto en
el ámbito parroquial como diocesano, tenga más facilidad para comprender
y asumir sus funciones.
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NOTAS:
1
Ministerio de Justicia, Registro 2085, sección especial, Grupo C;
mayo de 1985. La Asociación también está inscrita en el Censo de Asociaciones
Juveniles de la Comunidad de Madrid con el número 94/0096 de fecha
de marzo de 1994.
2
Estatutos de la Acción Católica General de Madrid, aprobados por D.
Antonio María Rouco Varela, Cardenal-Arzobispo de Madrid, 16 de diciembre
de 1.999. Se incluyen en el Apéndice I.
3
Hay que hacer notar la siguiente advertencia: La Acción Católica de
la Diócesis de Madrid, desde hace muchos años, se presenta en sus
dos modalidades normales: General y Especializada. Dentro de la Acción
Católica General, como único Movimiento, existen tres Ramas, la de
Adultos, la de Jóvenes y la de Juveniles. A nivel estatal, y hasta
1996, la Acción Católica General sólo contaba con el Movimiento de
Acción Católica General de Adultos, Movimiento que surgió con la unión
de Mujeres de Acción Católica y Hombres de Acción Católica. Aunque
existía el Movimiento de Jóvenes de Acción Católica y el Movimiento
Junior de Acción Católica (dedicado a los niños), no estaban insertos
en la Acción Católica General sino en la Especializada. En 1996 ambos
Movimientos pasaron a formar parte de la Acción Católica General a
nivel estatal, pero nunca renunciaron a ser diferentes e independientes
Movimientos. Esto quiere decir que a nivel General la Acción Católica
General está formada por tres Movimientos diferentes (Acción Católica
General de Adultos; Movimiento de Jóvenes de Acción Católica y Movimiento
Junior de Acción Católica); mientras en la Diocesis de Madrid la Acción
Católica General es un único Movimiento con tres secciones o Ramas:
Adultos, Jóvenes y Juveniles. Los Vicepresidentes de la Rama de Jóvenes
y de la Rama de Juveniles están en contacto con los Presidentes de
ambos Movimientos de ámbito estatal para la posible integración.
4
Conferencia Espiscopal Española, Estatutos de la Federación de Movimientos
de la A.C.E., noviembre de 1993.
5
Conferencia Episcopal Española, Estatutos del Movimiento de Acción
Católica General de Adultos, abril de 1994.
6
En este Reglamento, como en otros documentos que se han editado desde
el Consejo Diocesano de Acción Católica General de Madrid, se usan
indistintamente los términos Asociación o Movimiento. Realmente Acción
Católica es una Asociación pública de fieles, así reconocida tanto
en el ámbito eclesiástico como en el civil. Por lo que se debe decir
que jurídicamente es una Asociación. El término 'Movimiento' no es
jurídico, es netamente eclesial, pero no expresa una realidad jurídica
sino pastoral. De ahí que se hable de Movimientos Apostólicos. Tradicionalmente
la Acción Católica siempre se ha denominado 'Movimiento' o, incluso,
'Movimientos' cuando se habla de cada una de las Asociaciones que
integran la Federación de Acción Católica Española, porque expresa
de modo sencillo y claro que es una Asociación con un único y fuerte
sentido evangelizador.
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